Todos los establecimientos educativos deberán organizar un gobierno para la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa, según lo dispone el artículo 142 de la Ley 115 de 1994.
Está compuesto por el Consejo Directivo y Consejo Estudiantil. El proceso de personero de los estudiantes hace referencia a la participación democrática de estos y es parte activa del proceso. Se realizará desde el 28 de agosto hasta el 22 de septiembre con la asamblea de posesión del Gobierno escolar.